Derechos a la protección: la revinculación familiar y el interés superior del niño

Tras un largo régimen de patronato de casi noventa años, la Argentina logró superar, parcialmente, dos tendencias que se presentaron durante este periodo: la Judicialización de la pobreza y la institucionalización sin justificación de niños, niñas y adolescentes.çEstos cambios no son menores en la medida que se generaron las condiciones jurídicas que permiten garantizar a la población infantil el derecho a crecer en una familia y a no ser retirada de ella por condiciones de pobreza o exclusión.

En la actualidad, un niño, niña o adolescente puede ser retirado de su medio familiar únicamente por una autoridad administrativa, de manera excepcional y en función de la imposibilidad de la familia para proteger sus derechos. Esta medida no puede exceder los noventa días y debe tener un control de legalidad expedido por un juez de familia.

De acuerdo a los estándares internacionales, en el momento en que un niño, niña o adolescente ingresa a alguna modalidad de cuidado alternativo, debe iniciarse un trabajo contundente con la familia de origen en aras de posibilitar la revinculación familiar lo más pronto posible.

Sin embargo, este proceso de revinculación no debe implementarse de manera indiferenciada, por el contrario se debe reconocer las particularidades de cada caso, estableciendo el interés superior del niño como parámetro primordial para la toma de decisiones.

Nuestra experiencia en cuidado alternativo nos ha enseñado que no es conveniente realizar revinculaciones cuando no se ha trabajado adecuadamente con las familias en torno a las condiciones que posibilitaron la vulneración de derechos, estamos convencidos de que una revinculación mal llevada posibilita altamente el reingreso de niños, niñas y adolescentes al sistema de protección, generando procesos de revictimización lo cual tiene un impacto fuerte en su desarrollo integral.

Por lo tanto, la revinculación familiar va de la mano del principio del interés superior del niño sólo cuando se realiza de manera que responda a las demandas particulares del niño y la familia y poniendo a su disposición los recursos materiales, culturales y sociales que les permitan empoderarse para asumir plenamente su responsabilidad como garantes de derechos.

En Aldeas Infantiles SOS estamos convencidos de que el mejor lugar para los niños, niñas o adolescentes participantes de nuestros programas es su familia de origen, siempre y cuando tengan las condiciones para garantizar sus derechos.

Por ello trabajamos fuertemente en los procesos de revinculación familiar desde diversos frentes que van desde el fortalecimiento del vínculo con sus padres y familia biológica hasta la incidencia en políticas públicas que permitan fortalecer las capacidades de los sistemas de protección para que lleven a cabo procesos y procedimientos de revinculación sustentados en el enfoque de derechos.

Es un camino largo el que nos queda por recorrer, pero sabemos que hemos avanzado significativamente y estamos encaminados en procura de nuestro objetivo: que cada niño, niña y adolescente se desarrolle integralmente en un ambiente familiar.

Camilo Andrés Guaquéta R., coordinador de abogacía e investigación de Aldeas Infantiles SOS

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